• Se trata de la Norma de Carácter General (NCG) N° 336 que contiene las instrucciones para que tanto las administradoras de fondos de pensiones (AFP) como el Instituto de Previsión Social (IPS), entidad encargada de la recaudación de las cotizaciones del SSP, realicen el proceso de recaudación considerando los cambios incorporados por la reforma, así como también las obligaciones que regirán sobre sus procedimientos y servicios en ese ámbito.
• Uno de los temas fundamentales de la nueva norma es que precisa cómo se deberá ingresar el nuevo aporte obligatorio del empleador a las cuentas que gestionan las AFP y al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
• Según el calendario establecido en la Ley de Reforma Previsional, desde el 1 de agosto de 2025 y hasta julio de 2026 el aporte del empleador será de 1% de la remuneración de la o el trabajador, distribuyéndose en un 0,1% en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, que es la que administra la AFP, mientras que el 0,9% restante irá al FAPP.
• Alejandro Puente resaltó iniciativas como la Ley Fintech, el Registro de Deuda Consolidada, la Ley contra el Sobreendeudamiento y el lanzamiento de la ENIF.
La subsecretaria Berner destacó que las continuas mejoras y fortalecimiento de la regla fiscal y el Consejo Fiscal Autónomo reflejan “el interés de las distintas administraciones en que la política fiscal se someta no sólo al escrutinio público, sino también al análisis técnico independiente; y que tengamos una política fiscal donde gastos permanentes se financien con ingresos permanentes”.
En su exposición, la directora de Presupuestos mencionó dos innovaciones que se han realizado en los últimos años y que van en línea con la discusión internacional: la regla dual a partir del año 2022 como iniciativa de la actual administración y las mejoras a la Ley de Responsabilidad Fiscal que se aprobó en 2024.
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