Miércoles, enero 9, 2019

Comisión de Hacienda de la Cámara aprueba en general y particular proyecto de reintegro para empresas de transporte

La iniciativa propone extender por cuatro años más el régimen de reintegro parcial para el transporte de carga, hasta el 31 de diciembre de 2022.

El Ministro de Hacienda, Felipe Larraín, presentó esta tarde el proyecto de ley Reintegro Parcial del Impuesto Específico al Diésel para Empresas de Transporte de Carga ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, instancia que aprobó en general y particular la propuesta del Ejecutivo.

La iniciativa propone extender por cuatro años más el régimen de reintegro parcial para el transporte de carga hasta el 31 de diciembre de 2022.

Además, se actualizan y fortalecen las normas de relación para las empresas de transporte de carga conforme a las últimas modificaciones realizadas a la Ley sobre Impuesto a la Renta.

De acuerdo a información del año 2017, con la fórmula propuesta por el Ejecutivo se verán beneficiados más de 26 mil transportistas de carga por el mecanismo de reintegro y más de la mitad de estos se encuentran en los tramos de ventas anuales menores a 2.400 UF anuales.

A continuación, los porcentajes de reintegro que propone el proyecto de ley por tramos de ventas:

- 80% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 2.400 UF. 

- 70% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 2.400 y no excedan de 6.000 UF. 

- 52,5% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 6.000 y no excedan de 20.000 UF.

- 31% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 20.000 UF.  

Estos porcentajes son los mismos establecidos en la Ley N° 20.561 de 2011 y que fueron renovados en 2015 mediante la Ley N° 20.809, extendiendo este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2018.

Comparte

Tamaño de letra

Otros accesos

Ministerio de
Hacienda
  • Dónde trabajamos
  • Teatinos 120, Santiago de Chile
  • Llámanos
  • +56 2 2828 2000

© 2020 Ministerio de Hacienda

English version