Martes, agosto 18, 2020

Ministro Briones destaca aprobación de proyecto de reactivación económica

“Este proyecto tiene dos grandes valores. En primer lugar, se funda en los acuerdos y en el diálogo, que es lo que necesitamos para salir adelante de esta crisis. Una segunda buena nueva es que está orientado a recuperar nuestra economía y el empleo, que es nuestra prioridad 1, 2, 3, 4, y 5”, resaltó el titular de Hacienda. 

La iniciativa legal contiene todos los puntos propuestos por el Ejecutivo originalmente, incluyendo la depreciación instantánea, la amortización de intangibles, medidas de liquidez para las Pymes, y una rebaja del impuesto de primera categoría para este tipo de empresas.

El Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, destacó la aprobación por parte de las salas de la Cámara de Diputados y del Senado del proyecto de medidas tributarias transitorias, cuyo objetivo es inyectar liquidez a las Pymes y empresas y fomentar la reactivación económica.  

La iniciativa es parte del Acuerdo para un Plan de Emergencia alcanzado el 14 de junio entre el Gobierno, Chile Vamos y diversos partidos de Oposición, que tiene como eje establecer nuevas medidas de reactivación de la economía que permitan volver a crecer, crear nuevos empleos, y apoyar a los emprendedores.

“Este proyecto tiene dos grandes valores. En primer lugar, se funda en los acuerdos, en el diálogo, y nosotros creemos profundamente en ellos, porque es lo que necesitamos para salir adelante de esta crisis, la más profunda que como país hayamos vivido”, destacó el Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien agregó:

“Una segunda buena nueva es que está orientado a recuperar nuestra economía, a que nos podamos levantar y que detrás de esa recuperación podamos recuperar lo fundamental: los puestos de trabajo perdidos, el empleo. Ese es el norte último de este paquete de medidas y de otras que vendrán en adelante. La prioridad nacional 1, 2, 3, 4, y 5 es levantarnos, recuperar nuestra economía y recuperar el empleo, la fuente permanente de ingresos de las familias chilenas”.

La autoridad destacó que el proyecto contiene todos los puntos propuestos por el Ejecutivo originalmente, incluyendo la depreciación instantánea, la amortización de intangibles, medidas tributarias que fomentan la inversión, medidas de liquidez para las Pymes, y una rebaja del impuesto de primera categoría para para este tipo de empresas, de 25% a 10%.
“Quiero agradecer al Congreso, porque pese a que costó, pese a que hubo tensiones, pese a que nos demoramos, llegamos a acuerdos”, resaltó el titular de Hacienda.

Detalles del proyecto

Medidas tributarias

1. Rebaja del Impuesto de Primera Categoría y de Pagos Provisionales Mensuales para Pymes durante los años 2020, 2021 y 2022

Se reducirá transitoriamente el Impuesto de Primera Categoría para las empresas acogidas al Régimen Pro Pyme de 25% a una tasa de 10%, por las rentas obtenidas durante los años comerciales 2020, 2021 y 2022.
Asimismo, se reduce la tasa de Pagos Provisionales Mensuales (PPMs) de las Pymes, en el siguiente nivel:
•          De 0,25% o 0,125% en Pymes con ventas menores a UF 50.000
•          De 0,5% a 0,25% para el resto.
Estas medidas liberan flujos de caja y entregan mayor liquidez mensual a las Pyme, y se estima que benefician a 2 de cada 3 Pymes del país.

2. Devolución de crédito fiscal IVA acumulado para Pymes

Se efectuará un reembolso del crédito fiscal IVA acumulado entre enero y mayo de 2020 por las Pymes que se han visto afectadas por la pandemia y han registrado caídas en sus ventas de un 30% o más.
Este beneficio deberá solicitarse ante el SII. 

3. Depreciación instantánea de 100% hasta el 31 de diciembre de 2022

La ley de Modernización Tributaria incorporó a nivel nacional un beneficio transitorio de depreciación instantánea de 50%, por la inversión en activo fijo realizada entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021. Por excepción, esta depreciación aplicaba al 100% para la región de la Araucanía.  
Ahora, este proyecto amplía la depreciación instantánea a 100% a todo el país, y para todas las inversiones en activo fijo que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2022. De esta forma, los contribuyentes podrán rebajar, para efectos de impuestos, el total del valor de los bienes en el mismo año en que se adquieran.

Adicionalmente, el proyecto incorpora en forma inédita en el país un régimen de amortización instantánea respecto de ciertos activos intangibles protegidos en conformidad con la ley (propiedad industrial, derechos de autor y nuevas variedades vegetales), reconociendo así las diversas formas de inversión y desarrollo tecnológico que dan cuenta de una economía chilena cada vez más digitalizada. 

4. Recursos fiscales para la contribución regional de 1% para proyectos iniciados hasta el 2021
La ley de Modernización Tributaria estableció una contribución de beneficio regional de 1% para los proyectos de inversión con activos fijos con un valor sobre US$10 millones y que se sometan a la aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El proyecto establece que el Fisco pagará la contribución del 1% de los proyectos de inversión que se sometan a la Evaluación de Impacto Ambiental hasta el 31 de diciembre de 2021. De esta forma, los libera de este pago siempre y cuando las obras partan en un plazo no superior a 3 años contados desde la obtención de una resolución de calificación ambiental favorable. De esta forma, se incentiva la realización de nuevos proyectos de inversión en las regiones.

5. Postergación de entrada en vigencia de boleta electrónica para facturadores electrónicos
El proyecto de ley posterga el plazo de entrada en vigencia de la obligación de emitir boleta electrónica aplicable para quienes ya son facturadores electrónicos, desde septiembre 2020 a enero de 2021.

6. Ampliación a 3 meses del plazo de postergación de IVA
Se amplía transitoriamente de 2 a 3 meses el plazo de postergación del pago de IVA establecido en la ley para las empresas acogidas al régimen Pro-Pyme y empresas con ventas promedio del giro de hasta 100.000 UF en los 3 últimos años, que cumplan ciertos requisitos de buen cumplimiento, como no presentar morosidad reiterada y haber efectuado sus declaraciones de impuestos en tiempo y forma. La medida se aplicará de forma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2021.
 

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