¿Cuál es la fuente de los aportes de los fondos?

Según la Ley de Responsabilidad Fiscal, el FRP debe recibir anualmente un aporte equivalente al superávit efectivo con un tope del 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB) del año anterior. El FRP se puede financiar desde los otros activos del tesoro público o desde el FEES.

El FEES cada año recibe el saldo positivo que resulte de restar los aportes al FRP del superávit efectivo del año anterior, descontando cuando corresponda las amortizaciones de deuda pública y aportes anticipados realizados durante el año anterior. El FEES, aparte de recibir aportes del superávit, también puede recibir aportes provenientes de emisiones de deuda, adelantos, u otros autorizados por ley.

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