Cláusula de salida
El Art. 4° de la Ley N° 20.765 establece que, si producto de la aplicación del mecanismo, a contar del 01 de enero de 2023, la diferencia entre la recaudación que hubiese correspondido a la aplicación del componente base del impuesto específico y la que efectivamente se produzca supere el equivalente en pesos a US$1.500 millones, se hará converger el componente variable del impuesto específico a cero, en un plazo de hasta doce semanas.
En base a la última información proporcionada por la Dipres, a junio del 2024, la aplicación del impuesto específico variable resultó en un recaudo neto positivo de US$411 millones. Por lo tanto, la diferencia entre la recaudación que hubiese correspondido a la aplicación del componente base del impuesto específico y la que efectivamente se produjo, es de -US$411 millones.