Miércoles, abril 20, 2022

Cámara aprueba proyecto que obliga a instituciones financieras a informar saldos de cuentas al SII

Dotar al Estado de mayores herramientas para el combate contra la elusión y evasión tributaria, principalmente en materia de impuestos personales, es parte fundamental de un país moderno, más desarrollado y con justicia tributaria”, dijo la ministra de Hacienda (s), Claudia Sanhueza.

Valparaíso, 20 de abril. - Como “un paso fundamental en la lucha contra la evasión y la elusión”, calificó la ministra de Hacienda (s), Claudia Sanhueza, la aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto que obliga a las instituciones financieras a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre los saldos de cuentas que registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 UF (46,5 millones de pesos aprox.).

Destacó que “se trata de un avance significativo al permitirle al SII acceder a información relevante respecto de personas de altos ingresos y así mejorar sus facultades de fiscalización respecto de posibles focos de evasión de impuestos de aquellos que más tienen”. 

“Dotar al Estado de mayores herramientas para el combate contra la elusión y evasión tributaria, principalmente en materia de impuestos personales, es parte fundamental de un país moderno, más desarrollado y con justicia tributaria, puesto que por esa vía se aumenta la recaudación tributaria y con responsabilidad fiscal, lo que se traduce en mayores ingresos para el financiamiento de políticas sociales permanentes, de parte de aquellos que más tienen”, señaló Sanhueza. 

Explicó que, con esta iniciativa, el SII podrá verificar el adecuado pago de impuestos contrastando los datos de cuentas con los que obtiene de los contribuyentes en sus declaraciones de renta, entre otros. En caso de que existan diferencias que ameriten una explicación, el contribuyente tiene todas las posibilidades de aportar la información que justifique las diferencias entre los saldos de cuentas y sus declaraciones de renta. Si el servicio requiere información de los movimientos bancarios, deberá necesariamente seguir el procedimiento judicial que se mantiene en el Código Tributario. Por lo tanto, no implica presunción de culpabilidad ni imputación de delito alguno. 

Este proyecto fija además obligaciones de información por parte de contribuyentes respecto de inversiones en Chile, en el extranjero y sobre los trusts u otros instrumentos asimilables que se mantengan fuera del país. Estas modificaciones conducen a la norma a una redacción más cercana a la existente antes de la ley N⁰ 21.210 de modernización tributaria que eliminó esta obligación. Así, se repone la obligación de los contribuyentes de informar anualmente sus inversiones en el extranjero, independiente del destino de éstas, para verificar el correcto cumplimiento tributario.  Adicionalmente, se establece que, en caso de no informar, se presumirá abuso o simulación en caso de incumplimiento (elusión).  
 
Esta moción también tiene efectos positivos en políticas públicas, tales como la prevención y el combate eficaz a los delitos de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, entre otros ilícitos, en línea de las recomendaciones de la OCDE.  

Sanhueza planteó que “este proyecto no afecta los derechos fundamentales de las personas, puesto que lo que establece es una obligación de informar saldos de cuentas, y en ningún caso movimientos de las cuentas, ya que dicha información, tal como lo establece la legislación actual, solo puede accederse mediante autorización expresa del contribuyente o de tribunales”. 

Como contrapeso a la obligación de los bancos, se fija el deber de reserva del Servicio de Impuestos Internos, respecto de la información que reciben de los contribuyentes y se han tomado los resguardos para proteger la información y su uso en el tiempo fijando un plazo máximo de 1 año para que el servicio ocupe esta información que obtiene de las entidades financieras, en cuyo vencimiento debe destruirla.  
 
El proyecto que fue aprobado por la Cámara de Diputados en segundo trámite y ahora corresponde que el Senado ratifique las modificaciones introducidas por la Cámara para que se convierta en ley.  


 


 

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