Hacienda envía proyecto de Ley de Compras Públicas para generar más transparencia y competencia en las transacciones que realiza el Estado
El Ministerio de Hacienda envió un proyecto de ley que moderniza la ley 19.886 de Compras Públicas y que busca mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia y agregar principios de economía circular en las compras del Estado. Asimismo, la iniciativa busca introducir mayor competencia en el mercado y ofrecer oportunidades a miles de pymes, las que hoy movilizan cerca del 60% de los recursos transados.
En sus 18 años de vida, ChileCompra ha registrado más de 31 millones de órdenes de compra emitidas por organismos del Estado. Solo en 2020 los organismos del Estado transaron US$12.365 millones a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, lo que representó un 7,8% más que lo transado en el mismo periodo del 2019 por parte de entidades públicas. El Ejecutivo, consciente de la relevancia que tiene este mecanismo envió al Congreso un proyecto de ley que busca mejorar la transparencia de las compras públicas y generar una mayor eficiencia que permitirá un ahorro significativo para el Estado.
De hecho, un informe de la Fiscalía Nacional Económica sobre el mercado de las compras públicas realizado en agosto de 2020 señala que el Estado podría ahorrar anualmente entre US$ 290 millones y US$ 855 millones al introducir mayor competencia y gestión en el mercado de compras públicas. En línea con estas recomendaciones el Gobierno comprometió, vía Ley de Presupuestos, la primera modificación relevante que ha tenido el sistema desde su creación en 2003.
Tania Perich, Directora de ChileCompra, explicó que para la modernización las compras públicas se han creado nuevos modelos y herramientas que buscan cumplir con los estándares internacionales y que buscan para asegurar el mejor uso de recursos fiscales. “Existen modalidades en las que el Estado puede obtener grandes ahorros al agregar demanda como los Convenios Marco y las Compras Coordinadas; y otras que favorecen la competitividad y la participación de empresas, como la Compra Ágil que lanzamos el 2020 y donde el 82% de las empresas que se ganan negocios son Mipymes” indicó.
El anteproyecto de ley fue sometido a consulta pública en octubre del año pasado por la Secretaría de Modernización del Estado del Ministerio de Hacienda y contó con la participación de más de 2.400 personas entre proveedores, compradores públicos y ciudadanos.
Entre las principales modificaciones que plantea está la ampliación del ámbito de aplicación de la Ley de Compras Públicas a otros órganos del Estado como el poder Judicial, Congreso Nacional y las corporaciones, fundaciones y asociaciones de participación municipal y regional. Asimismo, prohíbe la contratación de un organismo público con sus funcionarios o parientes cercanos y establece nuevas causales de exclusión del Registro de Proveedores, como las condenas por delitos tributarios graves, cohecho y por incumplimiento grave de contratos.
El Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, indicó que “es un deber del Estado administrar en forma transparente los recursos fiscales. Y para ello es que enviamos este proyecto de ley que busca mejorar la calidad y eficiencia en las compras públicas, para asegurar a la ciudadanía un buen uso de los recursos de todos los chilenos”.
Por su parte, el Subsecretario de Hacienda, Alejandro Weber, destacó que “el Estado hoy es una fuente de oportunidades para más de 100 mil pymes en nuestro país. De hecho, hoy el 95% de los proveedores del Estado son micro, pequeñas y medianas empresas y transan más de US$ 7.295 millones anuales. Este proyecto es una buena noticia para las pymes ya que busca mejorar la competencia y facilitar los procesos de compra tanto para los proveedores como para el Estado”. Para ello, explicó, se proponen nuevos mecanismos como la subasta electrónica inversa y el acuerdo dinámico de compras.
Con la subasta electrónica inversa los servicios públicos podrán adquirir bienes o servicios con demanda transversal (como insumos de oficina). Los proveedores presentarán sus ofertas de precio, costos y tiempo de entrega, y el sistema electrónicamente le asignará un puntaje a cada criterio y adjudicará a la oferta más conveniente. En tanto, con el acuerdo dinámico de compras, si un servicio necesita comprar, por ejemplo, licencias de software, Chilecompra podrá negociar el precio y las condiciones con el proveedor para todos los servicios públicos y todos éstos podrán comprar la licencia desde un catálogo, a un precio menor e igual para todos los compradores.
Los ejes del proyecto
- Más probidad y transparencia.
- Se amplía el ámbito de aplicación de la Ley de Compras Públicas a otros órganos del Estado como el poder Judicial, Congreso Nacional, Tribunales Especiales, fundaciones y corporaciones en que participa la Presidencia de la República y las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones de participación municipal y regional.
- Mejora la información que tiene el Estado sobre sus proveedores, obligándolos a informar sus beneficiarios finales.
- Amplía el alcance del Sistema de Información de Compras, haciendo obligatorio para los órganos del Estado hacer la gestión de sus contratos a través de este, incluyendo los contratos de obras y concesiones del MOP y MINVU.
- Establece nuevos estándares de probidad y transparencia, tales como: la prohibición de contratación de un organismo público con sus funcionarios o parientes cercanos; nuevas causales de inhabilidad para compradores públicos; nuevas causales de exclusión del Registro de Proveedores (condenados en sede penal por delitos tributarios graves, cohecho, y en sede civil por incumplimiento grave de contratos). Las exclusiones del Registro serán determinadas por un juez, ponderando diversos factores para establecer la pena. También se incorpora plataforma para hacer denuncias reservadas por faltas de probidad.
- Facilita el acceso y procesamiento de los datos sobre las compras públicas, obligando a que la información del sistema de compras esté disponible en formato de datos abiertos.
- Municipios: obligación al Consejo Municipal a adjudicar las licitaciones siguiendo los criterios establecidos en las bases de licitación.
- Mejor uso de los recursos públicos.
- Se crean nuevos procedimientos de contratación para agilizar el sistema de compras y generar ahorros. Son ellos:
- Acuerdo dinámico de compras: para adquirir bienes estandarizados con demanda transversal (Ej: licencias de software). Se establece procedimiento en dos etapas: (1) Chilecompra negocia precio y condiciones con el proveedor para todos los Órganos de la Administración del Estado (OAE) e incorpora al proveedor a un catálogo; y (2) OAE adquieren bien o servicio desde el catálogo.
- Contratos para la innovación: para adquirir bienes o servicios que no existen en el mercado. Bases de licitación establecen procedimiento. Órganos del Estado pueden pagar por prototipos y se resguardan derechos de autor y confidencialidad de las propuestas.
- Diálogo competitivo: para adquirir bienes o servicios respecto de los cuales los Órganos del Estado desconocen aspectos técnicos requeridos (Ej: Suministro de equipamiento óptico). Primero se realiza diálogo entre Órgano del Estado y proveedores, y luego se elaboran las bases de licitación. Todos los proveedores pueden participar en la licitación y se adjudica la oferta más conveniente.
- Subasta electrónica inversa: para adquirir bienes o servicios con demanda transversal (Ej: Agua Mineral Gasificada). En distintas etapas, proveedores presentan ofertas en distintos aspectos (Ej: precio, costos de despacho, demora en entrega). El sistema electrónicamente asigna un puntaje a cada criterio y adjudica a la oferta más conveniente. Fomenta la implementación de “servicios compartidos” en la Administración del Estado, obligando a los organismos a utilizarlos cuando estén disponibles, salvo motivos fundados. Reduce y mejora los “convenios marco”, estableciendo criterios obligatorios para los OAE en la elección de bienes o servicios ofertados, y mayor competencia a la entrada al convenio.
- Más oportunidades para las PYMES.
- Establece como una función de Chilecompra promover la participación de las PYMES, a través de asesoría y acciones coordinadas con CORFO y el Ministerio de Economía.
- Permite a los órganos del Estado adquirir bienes en e-commerce, cancelando de manera anticipada a la entrega del bien o prestación del servicio con la tarjeta de crédito o débito del organismo público, sin necesidad de que el proveedor constituya una garantía.
- Facilita la incorporación de las PYMES al Registro de Proveedores, evitando la solicitud de antecedentes que ya se encuentren a disposición del Estado.
- Establece que las garantías de seriedad de la oferta y fiel cumplimiento del contrato sólo serán exigidas para los casos en que, en virtud de un análisis de riesgo hecho por DIPRES y Chilecompra, sean necesarias.
- Economía circular en las compras públicas.
- Actualmente, la Ley de Compras establece que en las bases de licitación se deberán establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio y todos sus costos asociados, presente o futuros. El proyecto establece como criterios que se podrán considerar para alcanzar esta combinación más ventajosa entre costos y beneficios, el ciclo completo de vida del bien, servicio u obra, además de la sustentabilidad ambiental.
- Crea una plataforma que facilita la compra y venta de bienes en desuso entre OAE. Si dichos bienes no son de interés de estos organismos, podrán ser vendidos o donados a terceros, reciclados o revalorizados.
- Perfecciona el funcionamiento del Tribunal de Contratación Pública y la Dirección de Compras y Contratación Pública.
- Aumenta la competencia del Tribunal, para que conozca de reclamos de ilegalidad de proveedores durante la ejecución de los contratos, un recurso de nulidad por actos contrarios a probidad y transparencia, y requerimientos de ilegalidad presentados por Chilecompra. También se agrega tramitación electrónica de causas y trámite de conciliación.
- Permite a Chilecompra impartir instrucciones para los OAE en ámbitos de su competencia, y solicitar al Tribunal que declare la ilegalidad de una acción u omisión de un OAE realizada durante un procedimiento de contratación.